• Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAMON GALLO LLANOS
  • Nº Recurso: 185/2020
  • Fecha: 14/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Conflicto colectivo. Tripulantes de cabina de pasajeros con la modalidad contractual de indefinidos fijos discontinuos. Solicitan el reconocimiento del derecho de los trabajadores que recibieron el llamamiento para el periodo de actividad de la campaña de verano 2020 y que luego fue dejado sin efecto por la Compañía , a la efectiva incorporación en la empresa en fecha de inicio de actividad. La AN, previa desestimación de la excepción de inadecuación de procedimiento, estima la demanda, considera que existiendo un deber del empresario de incorporar a los trabajadores en una fecha determinada, si dicha incorporación no pudo llevarse a efecto por la situación provocada por la pandemia Covid-19-fuerza mayor que obliga a suspender la prestación efectiva de servicios ( art.45 1.i ET) -lo procedente hubiera sido actuar con relación a los mismos en la forma en que prescriben con carácter general el art. 47 E.T y con carácter excepcional el art. 22 del RD Ley 8/2.020 .No habiendo obrado la empresa de tal manera, y habiéndose desentendido de la obligación contraída con los trabajadores de darles ocupación efectiva en una fecha determinada, persiste su derecho a la incorporación en los términos solicitados.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Salamanca
  • Ponente: INES REDONDO GRANADO
  • Nº Recurso: 354/2020
  • Fecha: 14/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESPIDO
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Cádiz
  • Ponente: OSCAR ALCALA MATA
  • Nº Recurso: 468/2020
  • Fecha: 14/12/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Juzgado de Primera Instancia
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: ERNESTO JULIO VITALLE VIDAL
  • Nº Recurso: 454/2020
  • Fecha: 14/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISABEL GARCIA GARCIA-BLANCO
  • Nº Recurso: 1067/2020
  • Fecha: 14/12/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: DENEGACION RECONOCIMIENTO CONDICION REFUGIADO
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSEFINA MOLINA MARIN
  • Nº Recurso: 1277/2020
  • Fecha: 14/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MIREIA RIOS ENRICH
  • Nº Recurso: 362/2020
  • Fecha: 14/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: MARIA JOSE PEREZ SEVILLANO
  • Nº Recurso: 677/2020
  • Fecha: 14/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ORDINARIO
  • Tipo Órgano: Sección De Apelación Penal. TSJ Sala De Lo Civil Y Penal
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: VICENTE MANUEL TORRES CERVERA
  • Nº Recurso: 237/2020
  • Fecha: 14/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH
  • Nº Recurso: 7375/2019
  • Fecha: 14/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La doctrina que se fija es que el concepto indeterminado de "prominencia indebida" del artículo 17.3 LGCA prohíbe que el producto emplazado pueda ser ensalzado mediante el tratamiento de la imagen excesiva o mediante expresiones verbales que impliquen una carga promocional o apologética suplementaria ajena al emplazamiento y que dicha "prominencia indebida" debe ser examinada de forma casuística, en atención al tratamiento e intensidad de la imagen del producto y al significado de las expresiones vertidas en atención al contexto y guión del programa, correspondiendo a los órganos jurisdiccionales el enjuiciamiento pleno de la concurrencia de los elementos integrantes del tipo sancionador y de la actuación sancionadora de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia. En su aplicación al caso concreto, la Sala Tercera confirma la sentencia de instancia que considera que la conducta imputada a la mercantil no tiene encaje en tipo sancionador previsto en el artículo 58.7 LGCA en relación con el concepto de "prominencia indebida" al que se refiere el artículo 17.3 de dicha ley por dos razones: la invalidez del Acuerdo de la CNMC dictado en el año 2014 como elemento integrador del tipo sancionador (pues no se ha dictado en virtud de una concreta habilitación y se dicta para resolver consultas por lo que carece de efecto vinculante y lo tiene sólo orientativo) y la imposibilidad de revisar en casación la valoración de la prueba.

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